III. El Incumplimiento de Promesas Electorales: ¿Responsabilidad Legal o Política?
La naturaleza de las promesas electorales difiere fundamentalmente de la de los delitos de corrupción en términos de su exigibilidad legal.
A. La Naturaleza Jurídica del Programa Electoral
El programa electoral, aunque es una herramienta esencial para que los partidos políticos comuniquen sus intenciones y compromisos a los votantes, no se considera un contrato legalmente vinculante en sentido estricto.20 Actúa como una declaración política de intenciones y una guía para la acción gubernamental futura, pero su incumplimiento no suele acarrear consecuencias legales directas para los políticos o partidos implicados.20
B. Ausencia de Consecuencias Penales Directas
Análisis de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y los delitos electorales que sí sanciona
La Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG) tiene como objetivo principal establecer un marco estable para que las decisiones políticas que se reflejan en el derecho de sufragio se realicen en plena libertad.22 Esta ley sanciona principalmente las acciones que interfieren con la integridad, la equidad y el correcto funcionamiento del proceso electoral en sí mismo, no el contenido de las promesas políticas.24
Ejemplos de delitos electorales sancionados por la LOREG incluyen:
- Funcionarios públicos que incumplen las normas para la formación, conservación o exhibición del censo electoral, o para la constitución de Juntas y Mesas Electorales, votaciones o escrutinios (Art. 139).24
- Delitos por abuso de oficio o falsedad por parte de funcionarios (Art. 140).24
- Infracciones de los trámites para el voto por correo (Art. 141).24
- Realización de actos de propaganda electoral una vez finalizado el plazo de la campaña (Art. 142).24
- Solicitar votos mediante recompensa, dádivas, remuneraciones o promesas (Art. 146).24
- El incumplimiento de las funciones como miembro de una mesa electoral puede acarrear multas significativas (de 2.000 a 7.000 euros, e incluso penas de prisión), lo que subraya que las violaciones procedimentales electorales sí son castigadas.26
Es fundamental destacar que la LOREG no establece ninguna sanción penal o administrativa por el mero incumplimiento de las promesas electorales contenidas en un programa político.
Argumentos jurídicos que fundamentan la falta de responsabilidad legal por el incumplimiento de promesas
La doctrina jurídica y la jurisprudencia coinciden en que las promesas electorales no son legalmente exigibles, basándose en varios argumentos:
- Falta de Interés Legítimo: Resulta prácticamente imposible probar la dependencia específica de un votante individual en una promesa concreta debido al secreto del voto.21
- Falta de Concreción o Liquidez: Las promesas electorales suelen ser vagas y pueden ser interpretadas a posteriori por los políticos, en cuanto a condiciones o plazos, lo que las hace legalmente inespecíficas e inejecutables.21 Por ejemplo, la promesa de «crear empleo» podría considerarse cumplida si el político afirma haber creado al menos un puesto de trabajo: el suyo propio.21
- Dificultad de Probar el Incumplimiento para el Votante Específico: Incluso si una promesa general (ej. «crear un millón de empleos») no se cumple para un individuo, es difícil probar que no se cumplió para otros, lo que anula las reclamaciones de indemnización individuales.21
- Usos y Costumbres: Existe un entendimiento generalizado, tanto entre políticos como entre votantes, de que las promesas electorales son a menudo aspiracionales o están sujetas a cambios, más que compromisos estrictos.21
- Cambio de Circunstancias (Rebus sic standibus): Este principio legal establece que los acuerdos son válidos solo si las circunstancias bajo las cuales se hicieron no cambian. Las condiciones económicas o sociales pueden variar drásticamente después de las elecciones, haciendo inviables las promesas originales. Esto puede invocarse como fuerza mayor.20
- Buena Fe y Falta de Imputación Personal: Los políticos pueden argumentar que las promesas se basaron en información proporcionada por su partido o asesores, trasladando la responsabilidad.21
- Dificultad de Valorar la Indemnización: Cuantificar el «daño» derivado de una promesa incumplida es inherentemente subjetivo y complejo, lo que hace inviable una compensación legal.21
- «Patología de la Mentira»: Algunos argumentos jurídicos, aunque con un tono humorístico, sugieren que la tendencia de los políticos a hacer promesas irrealizables o a cambiar su narrativa podría considerarse una «patología», eximiéndolos así de responsabilidad directa en la vida política.21
Los argumentos jurídicos que se oponen a la sanción del incumplimiento de promesas electorales 20 ponen de manifiesto una distinción fundamental en la concepción de los compromisos electorales frente a los contratos comerciales. El sistema legal no considera la relación entre un votante y un político como un acuerdo contractual, sino como un mandato político. Un contrato implica obligaciones específicas y medibles con recurso legal directo en caso de incumplimiento. Por el contrario, un mandato político es una delegación de autoridad más amplia, basada en una plataforma de ideas que, por su propia naturaleza, son flexibles y están sujetas a circunstancias imprevistas. Esta perspectiva legal prioriza la flexibilidad en la gobernanza y la naturaleza dinámica de la formulación de políticas por encima de una adhesión estricta a las promesas preelectorales. Esto implica que la rendición de cuentas por las promesas se traslada del ámbito jurídico al político, donde los votantes ejercen su juicio a través del voto.
Tabla 2: Distinción entre Delitos Electorales Sancionados por LOREG y el Incumplimiento de Promesas Electorales
Aspectos | Delitos Electorales (LOREG) | Incumplimiento de Promesas Electorales |
Naturaleza Jurídica | Conductas que atentan contra la limpieza y regularidad del proceso electoral. | Declaraciones de intenciones políticas, guía de acción gubernamental. |
Regulación Legal Principal | Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General (LOREG). | No existe una regulación legal específica que las haga exigibles. |
Ejemplos de Conductas Sancionadas | Manipulación del censo, irregularidades en mesas electorales, propaganda ilegal, coacción al voto, no presentarse a mesa electoral. 24 | No implementación de políticas prometidas, no alcanzar objetivos económicos o sociales del programa. |
Tipo de Sanción | Penas de prisión, multas significativas, inhabilitaciones, sanciones administrativas. 24 | No hay sanciones legales directas. |
Responsabilidad Legal Directa | Sí, existe responsabilidad penal y/o administrativa. | No, la responsabilidad es de naturaleza política. |
C. La Responsabilidad Política como Mecanismo de Control
Dado que no existen sanciones legales directas para el incumplimiento de promesas, el principal mecanismo de rendición de cuentas es de naturaleza política.
El voto ciudadano como principal herramienta de «castigo» o recompensa
Los ciudadanos poseen el poder de «castigar» a un partido político negándole su voto en elecciones subsiguientes o de «recompensarlo» reeligiéndolo.20 Este es el mecanismo último de rendición de cuentas en un sistema democrático.
La rendición de cuentas y las justificaciones políticas ante el incumplimiento
Cuando los políticos no cumplen sus promesas, suelen recurrir a «justificaciones y excusas» para explicar el incumplimiento, a menudo citando factores exógenos, como crisis económicas imprevistas, circunstancias internacionales o déficits ocultos al asumir el cargo, que estaban fuera de su control.20 Este proceso de rendición de cuentas (en el sentido de answerability) obliga a los representantes a explicar sus acciones, incluso si esto no conduce a sanciones legales directas.20
La ausencia de consecuencias legales para las promesas electorales incumplidas dirige la atención hacia el proceso electoral como el principal mecanismo de rendición de cuentas. Las fuentes 20 establecen que, aunque los políticos no están legalmente obligados por su programa, sí están sujetos al juicio de los ciudadanos a través del voto. Esto subraya que, a pesar de la falta de responsabilidad jurídica, existe una responsabilidad política significativa. La amenaza de no ser reelegido sirve como un poderoso incentivo, aunque indirecto, para que los políticos intenten cumplir sus promesas o, al menos, ofrezcan explicaciones creíbles por sus fallos. La eficacia de este mecanismo depende en gran medida del compromiso de los votantes, de su acceso a información veraz y de su capacidad para distinguir entre justificaciones genuinas y mera retórica.